En base a lo establecido en el acuerdo 3-2017 de 5 de abril de 2017 que modifica el Acuerdo 2-2010 de 16 de abril de 2010 sobre el Procedimiento para la presentación de solicitudes de registro de valores y de terminación de registro ante la Superintendencia del Mercado de Valores y se dictan otras disposiciones, se les comunica que los Emisores y Sociedades de Inversión registrados en la Superintendencia deberán hacer el pago anual de tarifa de supervisión correspondientes al año 2017 a más tardar el último día hábil del mes de mayo.
El emisor que no mantengan valores en circulación pagará el importe mínimo de la tarifa de supervisión de acuerdo a lo establecido en la Ley.
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