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Ahorro Previsional

Preguntas frecuentes

  1. ¿Qué es un plan de pensiones y por qué es de importancia su lectura analítica?

El plan de pensiones es un contrato que establece los derechos y obligaciones de los afiliados y beneficiarios que se adhieren a dicho Plan. Se documenta a través de un Prospecto que recoge las características del citado Plan.

  1. ¿Qué es un fondo de jubilación y pensiones?

El fondo de jubilación y pensiones constituye el patrimonio creado al exclusivo objeto de dar cumplimiento a Planes de Pensiones, cuya administración y gestión se realizarán por una Administradora de Inversiones de Fondos de Jubilación y Pensiones (AFP) de modo totalmente separado e independiente del patrimonio de la propia Administradora, y con la intervención de uno o más Custodios, en las condiciones y con los requisitos establecidos en el presente Acuerdo.

  1. ¿Qué es una Administradora de Inversiones de Fondos de Jubilación y Pensiones?

Una AFP es aquella sociedad cuyo objeto es la administración y gestión de Fondos de Pensiones y Jubilación, Fondos de Cesantía y Fondos del Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos, en los términos regulados en el numeral 1 del artículo 10 del presente Acuerdo, y que suscribe el contrato de Plan de Pensiones con los afiliados.

  1. ¿En qué consiste la afiliación a planes de pensiones y de jubilación de forma simplificada?

La afiliación a los planes podrá realizarse de forma simplificada, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Estar dirigida a planes individuales, en donde los afiliados serán personas naturales nacionales o extranjeros residentes permanentes y temporales en la República de Panamá.
  • No podrá mantenerse más de una afiliación de este tipo por afiliado, en una misma Administradora de Fondos de Pensiones y Jubilaciones.
  • Las aportaciones realizadas por el afiliado no deberán superar los doce mil balboas (B/.12,000.00), en el período fiscal correspondiente al mismo.
  1. ¿Qué es un afiliado en el sistema pensional privado voluntario?

Es aquella persona natural en cuyo favor se hacen aportaciones al Plan de Pensiones con independencia de si las realiza o no él mismo, dependiendo del tipo de Plan de que se trate. El afiliado mantendrá esta condición hasta que se cause alguna prestación del Plan. En caso de que la prestación se origine por causa diferente a la muerte, el afiliado adquirirá la condición de beneficiario primario.

  1. ¿En qué consiste una aportación al fondo de pensiones?

Una aportación es la suma monetaria que se aporta al Plan de Pensiones en los términos establecidos en el propio Plan de Pensiones y que será o no realizada por el afiliado dependiendo del tipo de Plan de que se trate.

  1. ¿Qué se entiende por contingencias dentro de un plan de pensiones y su importancia a la hora de pensar en retiros anticipados o totales del fondo?

Las contingencias dentro de un plan de pensiones constituyen aquellas causas que generan el derecho a percibir prestación del Plan de Pensiones, y que pueden ser: jubilación, muerte o incapacidad, todas ellas relativas al afiliado, o retiros voluntarios definidos en el numeral 2 del artículo 2 del acuerdo 11-2005. A estos efectos, no se considera contingencia a los retiros anticipados definidos en el numeral 16 de este mismo artículo.

  1. ¿Cuál es el tiempo mínimo requerido para el retiro voluntario de los derechos económicos del afiliado?

Los Planes de Pensiones requieren un mínimo de diez (10) años de aportaciones para que los afiliados puedan hacer retiros voluntarios de sus derechos económicos en los mismos, salvo que se trate de afiliados que se adhieran a un Plan después de haber cumplido cincuenta y cinco (55) años de edad, o que lleguen a dicha edad habiéndose adherido previamente a dicho Plan, en cuyo caso el período podrá ser reducido hasta un mínimo de cinco (5) años.

  1. ¿Cuáles son las condiciones que permiten un retiro anticipado del Plan de Pensiones?

Se podrán hacer retiros anticipados del Plan por causa de muerte, incapacidad, urgencias médicas, catástrofes personales, grave situación financiera u otras circunstancias similares.

  1. ¿Qué se entiende por las comisiones cobradas por parte de la AFP producto de la gestión de tu fondo de pensión?

Las comisiones cobradas por las AFP son aquellas retribuciones que percibirán la Administradora del Plan y del Fondo o Fondos de Jubilación y Pensiones y el o los Custodios como remuneración por la totalidad de sus servicios, con la previa conformidad del afiliado y acorde a lo establecido en el presente Acuerdo.

  1. ¿Por qué es importante revisar el prospecto de tu plan de pensiones?

El prospecto de un plan de pensiones es un documento que precisa los términos del Plan para el pago de las prestaciones por jubilación y pensiones. Entre la información que podrás revisar dentro de este documento, sin limitar, es la siguiente:

  • Modalidad del plan.
  • Contingencias cubiertas por el plan.
  • Formas y plazos de pago de la prestación, incluidos los retiros voluntarios.
  • Política de inversiones del Fondo o Fondos de Jubilación y Pensiones.
  • Comisión que percibirán la Administradora y el o los Custodios como retribución total por el desarrollo de sus funciones.
  • Instancias de reclamación a las que debe remitirse el afiliado y/o el beneficiario, tanto internas de la propia Administradora como de las instancias Administrativa y Judicial.
  1. ¿Qué recursos estadísticos te ofrece la Superintendencia del Mercado de Valores para que puedas revisar los resultados del sector pensional privado complementario voluntario y de tu AFP en particular?

La información financiera que puede ser revisada de tu AFP y suministrada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá, podrá ser la siguiente:

  • Estados financieros interinos y auditados de la AFP.
  • Estados financieros interinos y auditados de los fondos de pensiones que administran las AFP.
  • Las cifras financieras y estadísticas en materia de afiliados, patrimonio administrado, contingencias, traspasos, rentabilidad histórica y valores cuota de cada AFP.
  • Información alojada en el sitio web de las AFP constituidas en el país.
  1. ¿Qué comprende la figura del Defensor del Afiliado?

La figura del Defensor del Afiliado consiste en aquella institución que las Administradoras de Fondos de Jubilación y Pensiones podrán constituir voluntariamente y que consistirá en la designación de entidades o expertos independientes de reconocido prestigio, a cuya decisión se someten las reclamaciones que formulen los afiliados y beneficiarios o sus derechohabientes contra las propias Administradoras o Custodios de los Planes y Fondos de Pensiones regulados en el presente Acuerdo.

El afiliado antes de realizar alguna consulta o situaciones de inconformidad podrá consultar a su AFP si mantiene la figura del Defensor del Afiliado instituido en su gestión.

  1. ¿Es posible traspasar mis fondos si la AFP mantiene diversos fondos con perfiles de riesgos diferentes?

Si. En nuestra legislación se establece que es permitido el traspaso de recursos entre los distintos Fondos como máximo cuatro veces al año. No obstante, es importante conocer si el momento de realizar el traspaso hacia otros fondos es el más adecuado para no materializar pérdidas en su patrimonio.

  1. ¿Qué se entiende por Valor Cuota (VLA)?

El patrimonio de los afiliados debe expresarse mediante cuotas de participación presentadas en forma de número índice, con un mínimo de ocho decimales. El valor inicial de las cuotas de ahorro será igual a uno punto cero cero cero cero cero cero cero cero (1.00000000). El valor de la cuota de participación se calculará en base al valor del patrimonio del Fondo, es decir activos totales menos pasivos totales, dividido por la cantidad de cuotas existentes en el período inmediato anterior.

En resumen, la cuota constituye una unidad de medida en la que se expresan los recursos acumulados por un afiliado y que tiene en su AFP.

  1. ¿Qué factores pueden afectar el Valor de la cuota y el número de cuotas del fondo?

Las fluctuaciones en el valor de los activos, los intereses, dividendos y en general las variaciones en el Patrimonio originadas por las pérdidas y ganancias del proceso de inversión de los Fondos ocasionarán cambios en el valor de la cuota de participación. Las contribuciones, pagos de prestaciones y cualquier otro cambio no atribuible al proceso de inversión de los activos generarán cambios en el número de cuotas.

  1. ¿Qué gestión podría solicitarle a la AFP a la hora de concretar su afiliación y durante su mantenimiento dentro de los fondos ofrecidos por ésta?

Las Administradoras de Inversiones de Fondos de Jubilación y Pensiones velarán especialmente por brindar a los afiliados la información que les permita escoger el Fondo o grupo de Fondos que mejor se adapte a su perfil y aversión al riesgo. Para esto, deberán informar de las rentabilidades y sus volatilidades en función de la edad y aversión al riesgo de los afiliados.

  1. ¿Qué es la Rentabilidad Real de los Fondos?

La rentabilidad corresponde a la variación del valor de la cuota en cada uno de los fondos de pensiones durante un periodo de tiempo.

  1. ¿Quién es el ente regulador de las administradoras de fondos de jubilación y pensiones en Panamá?

La supervisión y fiscalización de las Administradoras de Fondos de Jubilación y Pensiones establecida en el territorio panameño es potestad de la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá.