Estimados Usuarios:
Les recordamos a las Casas de Valores, Central y Bolsas de Valores con licencias otorgadas por la Superintendencia del Mercado de Valores, que deberán pagar la tarifa de supervisión correspondiente al 1er trimestre 2026, sobre la base de sus negociaciones reportadas, en atención a las disposiciones establecidas en la ley del mercado de valores y acuerdo No.11-2013 dentro de los (30) días calendarios del mes de abril 2026.
Asimismo, les informamos para su conocimiento que, mediante el Acuerdo No. 2-2025, se deroga el artículo 24 del Acuerdo 11-2013, en lo relativo a la presentación del formulario RP para el pago de las tarifas de supervisión.
Para efectuar el pago de la Tarifa de Supervisión, podrán utilizar cualquiera de las siguientes modalidades:
- Cheque certificado o cheque de gerencia a nombre de la Superintendencia del Mercado de Valores.
- Transferencia bancaria.
- Pago a través de terminal de punto de venta (TPV/POS) en nuestras instalaciones, la cual tenemos disponible desde diciembre de 2025.
En caso de optar por la transferencia bancaria, deberán comunicarse previamente con el Departamento de Tesorería (departamentodetesoreria@supervalores.gob.pa), a fin de que se les suministren los datos bancarios correspondientes. Una vez realizada la transferencia, deberán remitir el comprobante de pago y cuando el monto sea acreditado en nuestra cuenta, se procederá a emitir y enviar el recibo de pago en formato PDF vía correo electrónico.
Adicionalmente, podrán acercarse a nuestras oficinas para retirar los recibos originales.
Nuestro horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00pm.

Fundamento Legal:
Ley 67 del 2011 del 1 de septiembre 2011.
Ley 66 del 2016 del 9 de diciembre 2016.
Acuerdo 11-2013 del 23 de diciembre del 2013, Artículos 5 y 6.
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