Estimados Usuarios:
Les recordamos que los Valores Registrados deberán pagar el monto anual de la tarifa de supervisión 2025 a más tardar antes del último día hábil del mes de mayo de cada año. (Acuerdo 3-2017)
Es importante que tenga presente que, nuestra facturación se basa en los informes de los estados financieros que reportó cada emisor durante el periodo 2025 mediante el SERI (valores en circulación) a la Dirección de Emisores.
Asimismo, les informamos para su conocimiento que, mediante el Acuerdo No. 2-2025, se deroga el artículo 24 del Acuerdo 11-2013, en lo relativo a la presentación del formulario RP para el pago de las tarifas de supervisión.
Para efectuar el pago de la Tarifa de Supervisión, podrán utilizar cualquiera de las siguientes modalidades:
- Cheque certificado o cheque de gerencia a nombre de la Superintendencia del Mercado de Valores.
- Transferencia bancaria.
- Pago a través de terminal de punto de venta (TPV/POS) en nuestras instalaciones, la cual tenemos disponible desde diciembre de 2025.
En caso de optar por la transferencia bancaria, deberán comunicarse previamente con el Departamento de Tesorería (departamentodetesoreria@supervalores.gob.pa), a fin de que se les suministren los datos bancarios correspondientes. Una vez realizada la transferencia, deberán remitir el comprobante de pago y cuando el monto sea acreditado en nuestra cuenta, se procederá a emitir y enviar el recibo de pago en formato PDF vía correo electrónico.
Adicionalmente, podrán acercarse a nuestras oficinas para retirar los recibos originales.
Nuestro horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 am a 4:00pm.

Fundamento Legal:
Ley 67 del 2011 del 1 de septiembre 2011.
Ley 66 del 2016 del 9 de diciembre 2016.
Acuerdo 11-2013 del 23 de diciembre del 2013, Artículos 11.
Acuerdo 6-2017 de 6 de septiembre 2017.
Acuerdo 03-2017, Articulo 13 y 14.
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