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COMUNICADO #1 Consideraciones especiales a los regulados y usuarios de la SMV ante la situación que afronta el país por el coronavirus (COVID-19)

Ante las medidas sanitarias emitidas por el Gobierno Nacional y las recomendaciones del Ministerio de Salud (MINSA) para reducir, mitigar y controlar la propagación en el país de la enfermedad coronavirus (COVID-19), declarada pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), hacemos del conocimiento de nuestros regulados y usuarios que la Superintendencia del Mercado de Valores, resolvió establecer consideraciones especiales, que sean cónsonas con las medidas que estos deban adoptar para mitigar el riesgo de contagio y para preservar la salud de los funcionarios de la Superintendencia, de manera que se continúe con la prestación de los servicios y el cumplimiento de nuestras funciones administrativas, entre estas:

Mediante la Resolución General SMV No. JD-2-20 de 16 de marzo de 2020, emitida por la Junta Directiva, se resolvió:
1. Informar que la modalidad de teletrabajo podrá ser implementada por parte de nuestros regulados, con licencia o con registro expedido por la Superintendencia.
2. Extender hasta el 30 de abril de 2020 el plazo para la entrega de información por parte de aquellos regulados, incluyendo a los emisores registrados, cuya fecha original de entrega vence dentro de los meses de marzo y abril de 2020.
3. Estos informes únicamente deberán entregarse vía electrónica, a través del Sistema Electrónico para la Remisión de Información (SERI).
4. Aquellos informes que los Acuerdos vigentes determinen su entrega física ante la Superintendencia, deberán enviarse escaneados, en formato PDF, a través del correo electrónico: info@supervalores.gob.pa; por lo tanto, no será necesaria su entrega física en las oficinas de esta Autoridad Administrativa.
5. Instar a los regulados y usuarios a remitir o elevar sus consultas a la Superintendencia, vía telefónica o a través del correo electrónico: info@supervalores.gob.pa
Suspender los términos por 2 semanas prorrogables, a partir del día 17 de marzo de 2020, en todos los procedimientos administrativos sancionadores que se adelantan.
Reiterar la entrada en vigencia del Acuerdo 1-2020 de 19 de febrero de 2020, a través del cual se determinó que no es necesaria la entrega física de la Declaración Jurada que
acompaña el Informe de Actualización Anual (IN-A) de los emisores y que acompaña los estados financieros auditados de las sociedades de inversión. Esta Declaración Jurada únicamente debe presentarse por la vía electrónica, a través del SERI.

Se ha convocado a un Comité Consultivo para Mitigación de Riesgo conjuntamente con el sector privado.
Se estarán atendiendo solamente las inspecciones que sean necesarias en materia de prevención de blanqueo de capitales, el financiamiento de terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva.
La Superintendencia del Mercado de Valores reitera su compromiso con el mercado de valores panameño, de modo que también se focaliza en:

Mantener la continuidad de sus funciones administrativas y sus esfuerzos en proteger los derechos de los inversionistas.
Mantener el monitoreo continuo de las operaciones del mercado de valores y de los riesgos del sistema.
Brindar la orientación que sea necesaria, para lo cual reiteramos el uso de nuestra línea telefónica: 501-1700 y del correo electrónico: info@supervalores.gob.pa
La Superintendencia reitera seguir las recomendaciones dadas por el MINSA, y ante la presencia de algún síntoma o cuadro respiratorio, contactar a la línea 169.

Panamá, 17 de marzo de 2020.