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Educación al inversionista

Glosario Bursátil

Definiciones del Decreto Ley 1 del 8 de julio de 1999/ MODIFICADO POR LA Ley 67 DEL 1 DE SEPTIEMBRE DE 2011 que establece el sistema de coordinación y cooperación interinstitucional entre los entes de fiscalización financiera, crea la superintendencia del mercado de valores, reforma el decreto ley 1 de 1999 y la ley 10 de 1993 y se dicta otras disposiciones.

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Actualmente hay 8 nombres en este directorio que comienzan con la letra A.
Acción o acciones
Incluye acciones, ya sean comunes o preferidas, cualesquier certificados de participación o de inversión y cualesquier otros títulos o derechos que representen un interés partícipe en una sociedad anónima u otra persona jurídica o fideicomiso, así como los títulos convertibles en acciones, los que otorguen derecho a suscribir o comprar acciones y cualesquier otros valores con características similares según lo determine la Superintendencia.

Activos financieros
Incluye todo valor, dinero en efectivo y cualquier otro bien mueble que un intermediario mantenga en una cuenta de custodia a favor de una persona, si el intermediario y dicha persona han acordado reconocer dicho bien como un activo financiero sujeto al Título XI de este Decreto-Ley, siempre que dicho bien no haya sido excluido de esta definición por la Superintendencia.

Acuerdo
Toda decisión de aplicación general que adopte la Superintendencia.

Administrador de inversiones
Persona a la que una sociedad de inversión delegue, individualmente o junto con otros administradores de inversiones, la facultad de gestionar, manejar, invertir y disponer de los valores y los bienes de la sociedad de inversión. Los administradores de inversiones podrán prestar los servicios propios de un proveedor de servicios administrativos del Mercado de Valores a las sociedades de inversión exclusivamente.

Afiliada de una persona
Persona que, en forma directa o en forma indirecta mediante interpósita persona, controle a la primera o esté controlada o esté bajo el mismo control que la primera.

Agente de ventas
Tendrá el significado que se le atribuye en el primer párrafo de la definición de “oferente” que está contenida en este artículo.

Analista
Persona natural que labore para un asesor de inversiones prestando asesoría de inversiones y que ostente la Licencia de Corredor de Valores y Analista.

Asesor de inversiones
Persona que por una remuneración se dedica al negocio de asesorar a otros en cuanto a la determinación del precio de valores o la conveniencia de invertir, comprar o vender valores o instrumentos financieros o a preparar y publicar estudios o informes sobre valores y asesorar en Forex. Este término no incluye contadores, abogados, profesores u otros profesionales, cuya asesoría de inversión sea meramente incidental en el ejercicio de su profesión ni editores, productores, periodistas, escritores, comentaristas y otros empleados de periódicos, revistas, publicaciones, televisoras, empresas de radio u otros medios de comunicación, siempre que dichas personas solo emitan criterios u opiniones como parte de su empleo o posición en el medio de comunicación, no tengan o adquieran interés, directa o indirectamente, en los valores sobre los cuales emitan criterios u opiniones y no reciban comisión o pago por estos, salvo la remuneración ordinaria por su posición o empleo en dicho medio de comunicación.