Opiniones 2010
Se ha solicitado a la Comisión Nacional de Valores sentar su posición administrativa respecto a la posibilidad de que una casa de valores realice transferencias y pagos a terceros.
Se ha solicitado a la Comisión Nacional de Valores sentar su posición administrativa en cuanto a si es posible que una personera extranjera que habita en un hotel de la localidad declare el mismo como su domicilio.
Posición Administrativa de la Comisión Nacional de Valores con respecto a la aplicación del Acuerdo No.4-2003 de 11 de abril de 2003 al acto de reemplazar a sustituir a un fiduciario de un fideicomiso que forme parte de la estructura de una oferta publica de valores, siempre y cuando dicho reemplazo o sustitución se lleve a cabo de conformidad con el procedimiento establecido para dichos efectos en el instrumento de fideicomiso correspondiente.
Posición Administrativa respecto a si: ¿Es suficiente la notificación por parte de EL CUSTODIO en conjunto con la disponibilidad de los estados de cuenta y de las confirmaciones de las operaciones de los clientes de forma electrónica en su sitio web de forma inmediata para reemplazar el envío físico de estados de cuenta y confirmaciones de operaciones?
Posición Administrativa de la Comisión Nacional de Valores acerca de la información financiera que está obligado a proporcionar a la Comisión un emisor cuyas acciones comunes se encuentran registradas, mediante el procedimiento abreviado de registro de valores establecido en el Acuerdo No.8-2003 de 9 de julio de 2003 y cancela voluntariamente el registro y la oferta publica de dichas acciones ante la entidad reguladora de la jurisdicción reconocida
Posición administrativa de la Comisión Nacional respecto a la vigencia de los documentos, ya sean, aportados con las solicitudes de licencias o previamente aportados a esta Autoridad.
Mediante la cual la Comisión Nacional de Valores emite opinión administrativa respecto a si un banco panameño con licencia de Casa de Valores que se encuentra en proceso de implementar una nueva herramienta tecnológica para el propio Banco y, por consiguiente, para su Casa de Valores subsidiaria, la cual está amparada bajo una razón social distinta pero perteneciente al mismo grupo económico, puede utilizarla para el manejo de las órdenes de compraventa de valores de sus clientes.
Opinión Administrativa sobre si los colaboradores de la entidad financiera establecida en el extranjero requieren de una licencia de corredor de valores o de analista para prestar los servicios por cuenta de la casa de valores establecida en Panamá.
Mediante la cual se solicita a la Comisión Nacional de Valores sentar su posición administrativa en relación a la caducidad de licencias de personas naturales al tenor del artículo 47 del Decreto Ley No. 1 de 1999.
Opinión de Oficio por medio de la cual se emite aclaración sobre la Opinión No. 6-2005 relacionada a los requisitos que deben cumplir personas naturales titulares de licencias otorgadas por la Comisión Nacional de Valores; en especial sobre el requisito de examen básico.