Circulares 2015
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del 17 de diciembre de 2015 sobre “Requerimiento por parte de las entidades reguladas, durante las inspecciones efectuadas por personal asignado de la Superintendencia del Mercado de Valores”.
“Sobre Remisión de Certificación Fiduciaria a ser presentada por los Emisores”
sobre la presentación del Reporte de Indicadores y Clientes de los Asesores de Inversiones.
Acuerdo 6-2015 de 19 de agosto de 2015.
Dirigido a Oficiales de Cumplimiento.
Reportes de Transacciones en Efectivo y Cuasi-efectivo – Aclaratoria de CIRCULAR SMV-17-2015
Circular UAF-AL-05-2015 del 30 de septiembre de 2015, enviada por el Ministerio de la Presidencia, Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo.
Dirigida a Oficiales de Cumplimiento.
Formulario de Declaración de Efectivo y Cuasi-efectivo.
Cantidad de copias a presentar junto con el original al tramitar ante la SMV.
Circular UAF-AL-04-2015 del 3 de agosto de 2015, enviada por el Ministerio de la Presidencia, Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo.
Circular UAF-AL-03-2015 del 3 de agosto de 2015, enviada por el Ministerio de la Presidencia, Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo.
Decreto Ejecutivo No. 587 del 4 de agosto de 2015, el cual reglamenta el congelamiento preventivo.
Capacitación sobre nuevos Formularios UAF, regulación y supervisión según la Ley 23 de 2015.
Tema: Obligatoriedad por parte de las entidades reguladas de adoptar procedimientos para el control y fiscalización.
Circular UAF-AL-02-2015 del 18 de mayo de 2015, enviada por el Ministerio de la Presidencia, Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo.
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Revisión de solicitudes de excepción para laborar en dos cargos compatibles en más de una entidad regulada por la Superintendencia del Mercado de Valores.En ese sentido, la misma está dirigida a: Ejecutivos Principales, Oficiales de Cumplimiento y todas aquellas personas naturales que ostenten licencia otorgada por la Superintendencia del Mercado de Valores.
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